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Continúa la tramitación de la Acusación Constitucional contra el Ministro de Educación, impulsada los diputados y diputadas Francesca Muñoz (PSC), Sara Concha (PSC), Víctor Pino (ex PDG), Karen Medina (PDG), Diego Schalper (RN), Eduardo Durán (RN), Stephan Schubert (Ind-PREP), Marco Sulantay (UDI), Henry Leal (UDI) y Christian Matheson (Ind-Evópoli), instrumento donde se le intenta acusar de “inejecución de leyes”, “contradecir normas constitucionales”.

Sin embargo, tras las exposiciones en la comisión que estuvo a cargo de analizar la admisibilidad de esta acción y especialmente, tras la exposición de Marcela Aranda, activista contraria a los derechos de la infancia y actualmente directora del Observatorio Legislativo Cristiano. Este observatorio funda su petición acusando al Ministro de “hacer activismo LGTBIQ+” y señalando públicamente que “su condición ha superado el límite de lo privado, y él ha cruzado el límite de vulnerar el derecho de los padres, de los niños y de las comunidades educativas, tomando esa posición para ejercer ese activismo”.

Estas declaraciones han dejado entrever en diversos sectores políticos y sociales que el trasfondo de esta acusación es la HOMOFOBIA contra la máxima autoridad de educación del país, quien se declara abiertamente parte de la comunidad LGTBIQA+. Sobre el puntual, el abogado del ministro Francisco Cox, declaró a Teletrece Radio que “fue realmente sorprendente. Yo me negaba a pensar que esto (la acusación constitucional) podía tener siquiera un atisbo de motivación por la orientación sexual del ministro, pero ayer una de las invitadas (…) no sé quién invitó a esta señora (Marcela) Aranda (…) Ella dice que su condición sexual habría rebasado lo privado a lo público y eso es muy controvertido”.

La acusación constitucional se funda principalmente en 2 asuntos: En primer lugar, por las denuncias por irregularidades presentadas contra Junaeb , donde acusan que la cartera no implementó correctamente el programa de “alimentación escolar y de alimentación parvularia”. Sin embargo, esta capítulo acusatorio no hace ninguna referencia a la denuncia realizada la semana pasada por el exdirector de la Junta Nacional de Auxilio y Beca Escolar (Junaeb), Cristóbal Acevedo, quien aseguró que la institución pagó un monto de $3.500 millones de pesos por 30 colaciones en el marco del programa “Onces”. En segundo lugar, se le acusa de tener una agenda ideológica en el Ministerio y de faltar a la ley vigente tras lanzar la guía de “sexualidad afectiva” del Mineduc, que apunta a que el estado avance en la agenda de educación sexual integral ESI.

Sobre este último punto, es necesario recordar que la educación sexual integral ESI es un derecho humano que está vinculado con otros derechos y, particularmente, con otros estándares internacionales de derechos humanos vigentes , obligatorios y vinculantes para Chile; así por ejemplo, ya desde el año 2007 el examen periódico realizado a nuestro país por el Comité de los Derechos de NNA comunicaba su inquietud por las altas cifras de embarazo juvenil, por la penalización del aborto en todas las causales y además por la falta de servicios ad hoc de educación sexual y de salud reproductiva[i] cuestión que a la fecha no se ha modificado sustancialmente en lo práctico en el país. Además, se encomendó al estado chileno y en particular al Ministerio de Educación y de Salud, garantizar, asegurar y promover el acceso a  servicios de salud sexual y reproductiva para todas y todos los adolescentes, y en particular en las escuelas, colegios y establecimientos educacionales, entre otras sugerencias.

A mayor abundamiento, la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) han conceptualizado este derecho (la ESI) como un proceso basado en un  currículo y/o planificación educativa para  educar sobre los aspectos cognitivos, emocionales,  físicos  y  sociales  de  la sexualidad.  El objetivo principal de la ESI es preparar a las infancias y adolescencias (NNA) con conocimientos, actitudes y competencias que permitirán el ejercicio y goce de otros derechos relacionados  a la salud,  al bienestar y a su dignidad, así como la protección de la indemnidad sexual y del interés superior del niño/a. La ESI entonces es un derecho que, una vez establecido como política obligatoria en los sistemas educativos, mejora la vida de las personas pues las ayuda a desarrollar relaciones sociales y sexuales respetuosas y consentidas[i].

[i]  https://unesdoc.unesco.org/ark:/48223/pf0000231288_spa

[i]  https://www.unicef.org/chile/media/2616/file

 

 

 

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