Hoy en entrevista del Diario Austral de Temuco, el gobernador regional finalmente emitió su opinión respecto al proceso constitucional que culmina con el plebiscito el 17 de diciembre, señalando que “votaré a favor de la propuesta constitucional porque reconoce a las víctimas y a nuestros pueblos originarios”. Además, entre otros temas, señaló a quienes votarán en contra “que hagan un debate detallado sobre el contenido del texto y que señalen con claridad dónde están los retrocesos…”.

Sobre lo mismo, expertos ya advierten errores de interpretación del gobierno regional debido a los inesperados alcances que podría tener la propuesta constitucional por ejemplo, en materia de pueblos originarios. Lejos del reconocimiento – aseguran- lo que indica la propuesta constitucional en su Artículo 5 es que “La Constitución reconoce a los pueblos indígenas como parte de la Nación chilena, que es una e indivisible”, lo que es incompatible con lo establecido en diversas leyes nacionales e internacionales obligatorias en la materia en torno a la “asimilación cultural”. 

Al respecto, el único consejero de los Pueblos Indígenas, Alihuen Antileo, fue el primer consejero en llamar a rechazar el texto, indicando a El Desconcierto que queríamos ampliar los derechos de los Pueblos Indígenas y avanzar en un Estado Democrático de Derecho. Los hechos demuestran que no se avanzó en ese ámbito, por lo tanto, no puedo si no recomendar a los Pueblos Indígenas de Arica a Punta Arenas a los 11 pueblos reconocidos por ley, que esta propuesta constitucional que va a emanar en las próximas semanas, no debe ser aprobada”.

Por otro lado, el gobernador celebra el articulado que reconoce por primera vez a las víctimas del terrorismo en Chile. Señala el artículo 15 N°5 que “El Estado reconoce especialmente a las víctimas de terrorismo. Las víctimas de delitos que los tribunales de justicia califiquen como conducta terrorista tendrán derecho a ser indemnizadas por el Estado por todo daño sufrido con ocasión de estos hechos…”. Sin embargo, en la región prácticamente no hay condenas por delito terrorista (única condena relevante es del caso Raúl Castro Antipán, infiltrado por Carabineros en las comunidades de La Araucanía) por cuanto se tratará de un artículo inaplicable, de adorno, o como ha trascendido en el debate, “más poesía constitucional” y por tanto mera ideologización que no mejora las herramientas de la justicia.

El celebrado articulado , como ha sido desarrollado latamente por verdaderos expertos y expertas en derecho penal, no resuelve la total falta de efectivad de la Ley Antiterrorista como arma para enfrentar el problema de la llamada “violencia en la Araucanía”, ya sea por un déficit de la persecución e investigación de estos delitos, ya sea por la alta exigencia de la propia definición legal, lo cierto es que no se alcanza el estándar probatorio necesario para dictar más sentencias condenatorias.

 

 

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